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ALIMENTO TRADICIONAL

Los alimentos tradicionales de terceros países son aquellos que, al igual que un Novel Food, no han sido consumidos de manera significativa por humanos en la Unión Europea pero son un alimento común en terceros países. Para estos casos, la legislación ha establecido un procedimiento especial (Reglamento (UE) 2015/2283) para facilitar la presentación de la autorización. Al igual que ocurre con otros alimentos nuevos, los alimentos tradicionales de terceros países solo pueden comercializarse en la Unión Europea después de que la Comisión haya procesado una notificación,  autorice la comercialización del alimento tradicional y haya actualizado la lista de la Unión.

Este proceso generalmente requiere una inversión menor, basada en el historial de uso seguro, pero requiere un conocimiento profundo del perfil de seguridad del producto.

En Bionok tenemos mucha experiencia en el desarrollo de proyectos para llevar alimentos tradicionales de otros países a la Unión Europea. Nuestros asesores técnicos le guiarán a lo largo del procedimiento y harán un seguimiento de su presentación con la Autoridad correspondiente.

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