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BIOCIDAS

El Reglamento (UE) 528/2012 es una legislación relativamente nueva, compleja y en constante evolución que establece la vía para la comercialización de biocidas. Las características más importantes son la inclusión de una lista de sustancias activas aprobadas, una lista de proveedores autorizados y la necesidad de una autorización antes de comercializar el producto.

El estado de las sustancias activas presentes en el producto determinará qué organismo evaluará la autorización, ya que el presente Reglamento delega en las autoridades nacionales la decisión sobre el proceso de registro de los productos que contengan sustancias activas aún no aprobadas y destinadas a comercializarse en dicho Estado miembro.

Dependiendo del uso previsto, deben realizarse diferentes estudios para garantizar la eficacia y la protección de la salud y medioambiental, lo que permite un proceso de autorización simplificado en los casos en que el producto tenga un impacto limitado.

Algunos productos, en función de sus características y usos, pueden encontrarse en la frontera con otros reglamentos o directivas, como pueden ser detergencia, cosmética, o incluso productos sanitarios.

Nuestro equipo de expertos puede ayudar a su empresa a definir la estrategia de autorización más adecuada a sus necesidades, ofreciendo un servicio completo desde el desarrollo de fórmulas y los estudios necesarios hasta la presentación de la autorización.

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